
¿Quiénes pueden otorgar testamento?
Como regla general mayores de 14 años que estén en pleno uso de sus facultades mentales.
¿Qué tipos de testamentos existen?
Los más comunes son el testamento abierto (el testador lo otorga ante Notario) y el testamento cerrado (el testador lo otorga en sobre o envoltorio cerrado al Notario y éste levanta Acta).
¿Cómo se revoca un testamento?
El testamento queda revocado una vez que se otorga otro posterior, el último invalida el anterior.
¿Qué ocurre si pierdo mi testamento?
Debo acudir al Notario donde se otorgó para obtener una copia del mismo.
¿Es aconsejable otorgar testamento?
Sí, porque la tramitación de la herencia es mucho más sencilla, rápida y económica para los herederos.
¿Qué es el "testamento del uno para el otro"?
El marido y la esposa se legan mutuamente todos sus bienes, si uno muere, el que sobrevive mantiene todo su patrimonio, obteniendo 1/3 de la herencia en usufructo.
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